En nuestra entidad se realizan los servicios siguientes:
Salvo casos excepcionales, no podrán permutar aquellos arrendatarios permanentes cuya condición hubiese sido el resultado de la aplicación de medidas administrativas.
Se refiere a ocupantes de cuartos habitaciones que solicitan el traspaso del derecho del cuarto cuyo titulares (Familiar o no), falleciera, emigra o mudara desde hace más de seis meses.
Se refiere a personas con derecho a la propiedad de las viviendas cuyos propietarios abandonaron el país de forma definitiva sin haber dispuesto de su vivienda previa a su salida.
Se refiere a personas que ocupan legalmente viviendas en zona rural sin que hasta la fecha hayan interesado la propiedad
Se refiere a propietarios de viviendas o sus herederos cuyos inmuebles fueron objeto de reconstrucción, remodelación o ampliación sin cumplir las formalidades legales establecidas.
Se refiere a personas con derecho a la propiedad de las viviendas cuyos propietarios fallecieron sin que existan herederos o estos renunciaren a la herencia.